Condiciones generales de participación para contratación en FOROS PLANNER

1. VIGENCIA

El presente Contrato entrará en vigor en la fecha de su firma y permanecerá vigente hasta la finalización del evento o eventos contratados o hasta el total cumplimiento de las obligaciones recogidas en el contrato.

2. AUSENCIA DE EXCLUSIVIDAD

El presente acuerdo no confiere exclusividad alguna al Partner, reservándose Planner Exhibitions el derecho de celebrar acuerdos similares con terceros sin restricción ni limitación alguna.

3. FORMA DE PAGO

El pago de las cantidades estipuladas en este contrato se realizará al contado en la fecha de emisión de la factura mediante transferencia bancaria a favor de Planner Exhibitions, S.L., en la cuenta indicada en la factura correspondiente.

Todos los pagos deberán realizarse en euros (€). Cualquier gasto bancario, comisión de transferencia o diferencia derivada del tipo de cambio será asumida íntegramente por la entidad contratante.

La firma del contrato supondrá la aceptación íntegra de las condiciones económicas pactadas e implica el devengo del 100% del importe correspondiente a la modalidad de participación elegida por el cliente, independiente de los plazos establecidos para su pago en los supuestos en que no hubiera de realizarse al contado.

4. ACTIVACIÓN DE LAS CONTRAPRESTACIONES

La formalización de la participación implicará la activación inmediata de espacios, recursos, planificación operativa, acciones de comunicación y demás contraprestaciones vinculadas al contrato, salvo que existieran facturas pendientes de pago por parte del cliente correspondientes a cualquier otro evento organizado por Planner Exhibitions, en cuyo caso, el pago de las cantidades pendientes será condición esencial para la activación de las contraprestaciones vinculadas al contrato.

En caso de incumplimiento de las condiciones de pago Planner Exhibitions podrá suspender o limitar total o parcialmente las contraprestaciones establecidas para el evento o eventos objeto de este contrato, incluyendo la posibilidad de excluir a la entidad participante de materiales de comunicación, campañas promocionales, programa oficial, soportes físicos o digitales del evento.

4.1 Condiciones de participación en el programa profesional del evento

En aquellas modalidades de participación que incluyan, como parte de la contraprestación acordada, la participación del Partner en calidad de ponente, moderador o interviniente en el programa profesional de los Foros Planner, Planner Exhibitions ostentará en exclusiva la facultad de definir y determinar la asignación de la sesión correspondiente, incluyendo, entre otros aspectos, su ubicación dentro de la agenda, fecha, horario, formato, temática y composición definitiva de participantes.

Dicha asignación se realizará atendiendo a criterios de interés para la audiencia, coherencia y equilibrio del programa, relevancia de los contenidos y contribución al valor global del evento, prevaleciendo en todo caso el criterio de Planner Exhibitions.

El Partner reconoce y acepta expresamente que su participación en el programa no comporta garantía alguna respecto de franjas horarias concretas, posicionamiento preferente, exclusividad sectorial o de cualquier otro tipo o ausencia de participación de empresas pertenecientes al mismo sector de actividad o consideradas competidoras ni en el programa en su conjunto ni en la sesión o sesiones en las que participe.

Planner Exhibitions configurará el programa atendiendo prioritariamente al interés profesional y al valor del contenido ofrecido a los asistentes.

5. RESOLUCIÓN ANTICIPADA

5.1. Resolución anticipada por impago

En caso de que la entidad participante incumpla las condiciones de pago estipuladas en el presente Contrato, Planner Exhibitions se reserva el derecho a resolver el mismo de forma inmediata, haciendo suyas las cantidades entregadas hasta la fecha, en concepto de cláusula penal, sin perjuicio de las acciones legales que pudieran corresponderle para el resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados.

5.2. Resolución anticipada por renuncia de la entidad contratante

La renuncia, cancelación, desistimiento o imposibilidad de participación por parte de la entidad contratante, cualquiera que sea su causa, es motivo de extinción del presente contrato, a todos los efectos y con obligación de abonar las cantidades que resultasen devengadas en el momento en que se comunique la misma, en concepto de indemnización por daños y perjuicios causados. (así no habrá que determinarlos, o bien, en concepto de cláusula penal, sin perjuicio de las acciones legales que pudieran corresponderle para el resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados.

A efectos del párrafo anterior, constituyen cantidades devengadas aquellas que la empresa contratante debería haber abonado a Planner Exhibitions en el momento de formalizar la citada renuncia, de acuerdo con la forma de pago establecida.

La renuncia deberá realizarse de forma expresa y por escrito.

Las cantidades abonadas no serán reembolsables y quedarán en poder de Planner Exhibitions en concepto de cláusula penal, reservándose además Planner Exhibitions la reclamación de la indemnización de los daños y perjuicios causados.

La no asistencia, imposibilidad de representación, cambios organizativos internos, circunstancias corporativas o ausencia de disponibilidad de portavoces por parte de la entidad contratante no supondrán causa de exoneración de pago ni modificación de las condiciones económicas pactadas.

5.3. Resolución anticipada por cancelación del evento

En caso de cancelación del evento, Planner Exhibitions reembolsará a la entidad contratante las cantidades efectivamente abonadas, sin que haya lugar a ningún tipo de indemnización o compensación adicional a dicho reembolso.

Si la cancelación del evento se produjera por causa de fuerza mayor y Planner Exhibitions reprogramará el mismo en otra fecha dentro del mismo año natural, no procederá el reembolso.

5.4. Fuerza mayor

Constituirá un supuesto de fuerza mayor tanto el que afecte al organizador como el que afecte al recinto en que se haya previsto la celebración del evento.

Fuerza mayor (o caso fortuito) se define como aquellos sucesos que no hubieran podido preverse, o que previstos, fueran inevitables tales como, a título enunciativo y no limitativo, desastres naturales (inundación, fuego, terremoto, tormenta), conflictos armados, alteraciones civiles del orden, actos de terrorismo, huelgas, paros forzosos, boicots, epidemias y pandemias o eventos similares, más allá del control razonable de la parte afectada, que impidan la adecuada preparación y/u organización y/o celebración del evento en las fechas programadas.

No constituirán supuestos de fuerza mayor las circunstancias internas de la entidad participante, incluyendo cambios estratégicos, reorganizaciones corporativas, falta de disponibilidad de representantes o cualquier otra circunstancia propia de su organización interna.

6. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD

La responsabilidad máxima de Planner Exhibitions derivada de cualquier reclamación relacionada con el presente contrato quedará limitada, en todo caso, al importe efectivamente abonado por la entidad contratante.

En ningún caso Planner Exhibitions responderá por daños indirectos, lucro cesante, pérdida de negocio, pérdida reputacional, pérdida de datos o expectativas comerciales.

7. CONFIDENCIALIDAD

Ambas Partes se comprometen a guardar la máxima confidencialidad sobre toda la información a la que tengan acceso en virtud del presente Contrato. Esta obligación permanecerá en vigor durante la vigencia de este y hasta cinco (5) años después de su finalización.

8. INFORMACIÓN SOBRE BASES DE DATOS

En ocasiones, las empresas participantes en nuestros eventos pueden recibir ofertas para adquirir bases de datos de asistentes a los mismos. Planner Exhibitions no comercializa, ni cede a terceros para su comercialización, listados o bases de datos de participantes, por lo que cualquier oferta de estas características debe ser ignorada.

Determinadas modalidades de participación en los eventos de Planner Exhibitions podrán incluir la entrega de información de contacto de asistentes registrados que hayan otorgado su consentimiento expreso para comunicaciones comerciales, en el marco de las finalidades del evento y conforme a la normativa de protección de datos aplicable.

9. NOTIFICACIONES

Todas las notificaciones, requerimientos, peticiones y otras comunicaciones que hayan de efectuarse por las partes en relación con el presente contrato, deberán realizarse por cualquier medio que deje constancia de ello a las personas que figuran como contacto principal de las partes al inicio de este contrato.

Cualquier modificación de los referidos contactos deberá ser notificada a la otra parte a fin de que surta efectos.

10. PROTECCIÓN DE DATOS

Los datos de carácter personal facilitados a Planner Exhibitions con motivo de su participación en el evento, serán tratados conforme a nuestra Política de Privacidad publicada en el siguiente enlace: https://plannerexhibitions.com/politica-privacidad/

11. NTEGRIDAD DEL CONTRATO

El presente Contrato constituye el acuerdo íntegro, definitivo y exclusivo entre las Partes respecto de su objeto y sustituye y deja sin efecto, a todos los efectos, cualesquiera acuerdos, negociaciones, compromisos, comunicaciones o entendimientos previos, tanto escritos como verbales, existentes entre las Partes sobre dicha materia, que quedarán sin valor ni efecto alguno.

12. CESION DEL CONTRATO

Queda prohibida la cesión total o parcial de los derechos y obligaciones derivados del presente contrato sin el consentimiento previo y por escrito de la otra parte.

13. CLÁUSULA DE SUSTITUCIÓN EXPRESA

A partir de la fecha indicada en el encabezado, las presentes Condiciones Generales de Participación sustituyen, dejan sin efecto y reemplazan íntegramente cualquier versión anterior suscrita entre las Partes. Por tanto, desde la entrada en vigor del presente documento, dichas versiones anteriores quedarán resueltas y sin validez ni eficacia jurídica alguna, salvo en lo relativo a aquellas obligaciones que, por su naturaleza, deban subsistir tras su extinción.

14. SALVAGUARDA

Si alguna de las cláusulas del presente contrato fuera declarada nula, ilegal o inaplicable por resolución judicial firme, ello no afectará a la validez, legalidad o eficacia del resto del contrato. Las partes sustituirán la cláusula afectada por otra que conserve el espíritu original.

15. JURISDICCIÓN

El presente contrato, junto con cualesquiera enmiendas, modificaciones y suplementos, y los derechos de las Partes con arreglo a los mismos se regularán y se interpretarán con arreglo al ordenamiento jurídico español.

Las partes intervinientes acuerdan que, con respecto a todo litigio, discrepancia, cuestión o reclamación resultante de la ejecución o interpretación de este contrato, se someterán al Código de Comercio y Civil y, en todo caso, a la competencia de los Tribunales de Justicia de Madrid.

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